Tema A4: Control Interno
![]() |
Chachapoyas |
Según el Instituto de Auditores Internos en el Marco Internacional para la práctica profesional de la auditoria interna norma 2110 Gobierno lo define como “la combinación de procesos y estructuras implantados por el Consejo de Administración para forma y dirigir, gestionar y vigilar las actividades de la organización con el fin de lograr sus objetivos.
El gobierno mantiene una relación
directa con la gestión de riesgos y los controles internos. La gestión de riesgo depende de un gobierno
efectivo y este gobierno depende de los controles internos y de la comunicación
al Consejo de la efectividad de dichos controles.
La Norma 2110 del IAI define al control interno como “cualquier acción tomada por la alta dirección, el Consejo y otras partes para gestionar el riesgo y aumentar la posibilidad de conseguir los objetivos establecidos”.
La Norma 2130.A1 indica que “La actividad de auditoría interna debe
evaluar la adecuación y eficacia de los controles en respuesta a los riesgos
del gobierno, operaciones y sistemas de información de la organización,
respecto de lo siguiente: (1) Logro de los objetivos estratégicos de la
organización, (2) Fiabilidad e integridad de la información financiera y
operativa, (3) Eficacia y eficiencia de
las operaciones y programas, (4) Protección de activos, y (5) Cumplimiento de
leyes, regulaciones, políticas, procedimientos y contratos.”
Marco Integrado - Control Interno
De acuerdo al Resumen Ejecutivo de COSO (2013), define a el Control Interno de las siguiente manera: “El control interno es un proceso llevado a cabo por el consejo de administración, la dirección y el resto del personal de una entidad, diseñado con el objetivo de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de objetivos relacionados con las operaciones, la información y el cumplimiento.
De acuerdo al Resumen Ejecutivo de COSO (2013), define a el Control Interno de las siguiente manera: “El control interno es un proceso llevado a cabo por el consejo de administración, la dirección y el resto del personal de una entidad, diseñado con el objetivo de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de objetivos relacionados con las operaciones, la información y el cumplimiento.
En el marco de Sistema de Control
Interno, existe una relación directa entre las tres (3) categorías de objetivos
(operativos, información y de cumplimiento), los cinco (5) componentes
(representan las herramientas necesarias para el logro de objetivos: Entorno de Control, Evaluación de Riesgos, Actividad de Control, Información y Comunicación
y Actividades de Supervisión) y los principios que representan los conceptos
fundamentales asociados a cada componente. El cumplimiento de todos estos
diecisiete principios, una entidad puede alcanzar un control efectivo.
Gestión Integral del Riesgo
Gestión Integral del Riesgo
La Superintendencia de Banca y
Seguros mediante Resolución SBS 272-2017, define al Control Interno “un proceso
realizado por el directorio, la gerencia y el personal, diseñado para proveer
un aseguramiento razonable en el logro de objetivos referidos a la eficacia y
eficiencia de las operaciones, confiabilidad de la información financiera, y
cumplimiento de las leyes aplicables y regulaciones.
La indicada resolución otorga un
plazo que no debe exceder de ciento veinte (120), las empresas deben remitir a
la Superintendencia un plan de adecuación que debe ser aprobado por el directorio y debe
incluir un diagnóstico preliminar de la situación existente en la empresa, los
órganos de gobierno, el sistema de remuneraciones y la gestión integral de
riesgos, así como las acciones previstas para la total adecuación, su
cronograma, y los funcionarios responsables del cumplimiento de dicho plan.
Control Interno Gubernamental
La Contraloría General de la República en cumplimiento de la Ley de Control Interno de las entidades del Estado Ley Nº 28716, ha emitido Resoluciónde Contraloría N° 320-2006-CG Aprueban Normas de Control Interno y para su implementación del Sistema Nacional de Control Interno en las entidades del Estado emitió la Guía aprobada por R.C. Nº 458-2008-CG, publicada el 30.10.2008. (Derogada).
La Contraloría General de la República en cumplimiento de la Ley de Control Interno de las entidades del Estado Ley Nº 28716, ha emitido Resoluciónde Contraloría N° 320-2006-CG Aprueban Normas de Control Interno y para su implementación del Sistema Nacional de Control Interno en las entidades del Estado emitió la Guía aprobada por R.C. Nº 458-2008-CG, publicada el 30.10.2008. (Derogada).
La Contraloría General para dar
cumplimiento a lo dispuesto, en la Ley de Presupuesto del Sector Publico 2016,
con el fin de fortalecer el control interno en las entidades del Estado para el
eficiente, transparente y correcto ejercicio de la función pública en el uso de
los recursos del Estado, emitió la Directiva N' 013.2016.CG/GPROD, Implementación
del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado" Resolución de Contraloría
N'149-2016-CG. En esta guía define el Control interno como “un proceso continuo
dinámico e integral de gestión, efectuado por el Titular, funcionarios y
servidores de la entidad, diseñado para enfrentar los riesgos y dar seguridad
razonable de que se alcancen los objetivos institucionales. De esta manera se
contribuye a prevenir irregularidades y actos de corrupción en las entidades públicas”.
La Contraloría
General mediante Resolución de Contraloría N'004-2017-CG establece el Modelo de implementación del Sistema
de Control Interno (SCI) a las entidades inician o complementan su implementación,
estableciendo además los plazos máximos para implementar el SCI.
Temas a considerar
- Capacitación de Control interno por parte de la Contraloria TV y el ABC de la Contraloria
- Normativo de Control Interno de la Contraloria General de la República
- Informe de Control
Comentarios
Publicar un comentario