Tema A4: Control Interno

Chachapoyas
Normas Internacionales

Según el Instituto de Auditores Internos en el Marco Internacional para la práctica profesional de la auditoria interna norma 2110 Gobierno lo define como “la combinación de procesos y estructuras implantados por el Consejo de Administración para forma y dirigir, gestionar y vigilar las actividades de la organización con el fin de lograr sus objetivos.

El gobierno mantiene una relación directa con la gestión de riesgos y los controles internos.  La gestión de riesgo depende de un gobierno efectivo y este gobierno depende de los controles internos y de la comunicación al Consejo de la efectividad de dichos controles.

La Norma 2110 del IAI define al control interno como “cualquier acción tomada por la alta dirección, el Consejo y otras partes para gestionar el riesgo y aumentar la posibilidad de conseguir los objetivos establecidos”.  

La Norma 2130.A1 indica que  “La actividad de auditoría interna debe evaluar la adecuación y eficacia de los controles en respuesta a los riesgos del gobierno, operaciones y sistemas de información de la organización, respecto de lo siguiente: (1) Logro de los objetivos estratégicos de la organización, (2) Fiabilidad e integridad de la información financiera y operativa, (3)  Eficacia y eficiencia de las operaciones y programas, (4) Protección de activos, y (5) Cumplimiento de leyes, regulaciones, políticas, procedimientos y contratos.”

Marco Integrado - Control Interno

De acuerdo al Resumen Ejecutivo de COSO (2013), define a el Control Interno de las siguiente manera: “El control interno es un proceso llevado a cabo por el consejo de administración, la dirección y el resto del personal de una entidad, diseñado con el objetivo de proporcionar un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de objetivos relacionados con las operaciones, la información y el cumplimiento.

En el marco de Sistema de Control Interno, existe una relación directa entre las tres (3) categorías de objetivos (operativos, información y de cumplimiento), los cinco (5) componentes (representan las herramientas necesarias para el logro de objetivos: Entorno de Control, Evaluación de Riesgos, Actividad de Control, Información y Comunicación y Actividades de Supervisión) y los principios que representan los conceptos fundamentales asociados a cada componente. El cumplimiento de todos estos diecisiete principios, una entidad puede alcanzar un control efectivo.

Gestión Integral del Riesgo

La Superintendencia de Banca y Seguros mediante Resolución SBS 272-2017, define al Control Interno “un proceso realizado por el directorio, la gerencia y el personal, diseñado para proveer un aseguramiento razonable en el logro de objetivos referidos a la eficacia y eficiencia de las operaciones, confiabilidad de la información financiera, y cumplimiento de las leyes aplicables y regulaciones.

La indicada resolución otorga un plazo que no debe exceder de ciento veinte (120), las empresas deben remitir a la Superintendencia un plan de adecuación  que debe ser aprobado por el directorio y debe incluir un diagnóstico preliminar de la situación existente en la empresa, los órganos de gobierno, el sistema de remuneraciones y la gestión integral de riesgos, así como las acciones previstas para la total adecuación, su cronograma, y los funcionarios responsables del cumplimiento de dicho plan.

Control Interno Gubernamental

La Contraloría General de la República en cumplimiento de la Ley de Control Interno de las entidades del Estado Ley Nº 28716, ha emitido Resoluciónde Contraloría N° 320-2006-CG Aprueban Normas de Control Interno y para su implementación del Sistema Nacional de Control Interno en las entidades del Estado emitió la Guía aprobada por R.C. Nº 458-2008-CG, publicada el 30.10.2008. (Derogada).

La Contraloría General para dar cumplimiento a lo dispuesto, en la Ley de Presupuesto del Sector Publico 2016, con el fin de fortalecer el control interno en las entidades del Estado para el eficiente, transparente y correcto ejercicio de la función pública en el uso de los recursos del Estado, emitió la Directiva N' 013.2016.CG/GPROD, Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado" Resolución de Contraloría N'149-2016-CG. En esta guía define el Control interno como “un proceso continuo dinámico e integral de gestión, efectuado por el Titular, funcionarios y servidores de la entidad, diseñado para enfrentar los riesgos y dar seguridad razonable de que se alcancen los objetivos institucionales. De esta manera se contribuye a prevenir irregularidades y actos de corrupción en las entidades públicas”.

La Contraloría General mediante Resolución de Contraloría N'004-2017-CG establece el Modelo de implementación del Sistema de Control Interno (SCI) a las entidades inician o complementan su implementación, estableciendo además los plazos máximos para implementar el SCI.


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