Tema R1: Gestión Integral de Riesgo
Gestion Integral de Riesgos
Basilea
El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea ha establecido Principios Básicos
para una Supervisión Bancaria eficaz,
ofreciendo un estándar integral sobre el que sentar las bases de la
regulación, supervisión, buen gobierno y gestión de riesgos del sector bancario.
El Principio 15 proceso de gestión del riesgo: el supervisor verifica que los
bancos cuentan con un proceso integral de gestión del riesgo para identificar,
cuantificar, evaluar, vigilar, informar y controlar o mitigar todos los riesgos
significativos en el momento oportuno y para evaluar la suficiencia de su
capital y liquidez en relación con su perfil de riesgo y la situación
macroeconómica y de los mercados. Esto engloba el desarrollo y examen de planes
de recuperación robustos y creíbles, que tienen en cuenta las circunstancias
específicas del banco.
SBS
La Superintendencia
de Banca y Seguros de Perú (SBS) emitió la Resolución SBS 037-2008 con el objetivo de propender a que las empresas
supervisadas cuenten con una Gestión Integral de Riesgos adecuada a su tamaño y
a la complejidad de sus operaciones y servicios; tomando como referencia, entre
otros documentos, al Marco Integrado para la Gestión de Riesgos Corporativos,
publicado por el Committee of Sponsoring Organizations of the Treadway
Commission (COSO).
La Superintendencia de Banca y Seguros ha actualizado con fecha 18 enero del 2017 mediante Resolución SBS 272-2017 que aprueba el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgo, en esta se desarrollan y establecen criterios relacionados al gobierno corporativo, como aquellos referidos al director independiente, comités del directorio, el sistema de remuneraciones, conducta de mercado y la gestión de conflictos de intereses
La Superintendencia de Banca y Seguros ha actualizado con fecha 18 enero del 2017 mediante Resolución SBS 272-2017 que aprueba el Reglamento de Gobierno Corporativo y de la Gestión Integral de Riesgo, en esta se desarrollan y establecen criterios relacionados al gobierno corporativo, como aquellos referidos al director independiente, comités del directorio, el sistema de remuneraciones, conducta de mercado y la gestión de conflictos de intereses
La SBS (2017) define la Gestión Integral de Riesgos es un proceso efectuado por el Directorio, la Gerencia y el personal aplicado en toda la empresa y en la definición de su estrategia, diseñado para identificar potenciales eventos que pueden afectarla, gestionarlos de acuerdo a su apetito por el riesgo y proveer una seguridad razonable en el logro de sus objetivos.
La mencionada resolución de la SBS, define a gobierno corporativo, como el conjunto de procesos, políticas , normas y practicas que determinan cómo una empresa o un grupo es dirigido, gestionado y controlado.
Tipos de Riesgos
A continuación se enumera una
lista los diversos tipos de riesgos a que está expuesta una empresa de acuerdo
a la SBS:
Riesgo de crédito: La posibilidad de pérdidas por la incapacidad o falta de
voluntad de los deudores, emisores, contrapartes, o terceros obligados, para
cumplir sus obligaciones contractuales.
Riesgosde lavado de activos y del financiamiento del terrorismo: La posibilidad
de que la empresa sea utilizada para fines de lavado de activos y del
financiamiento del terrorismo.
Riesgode liquidez: La posibilidad de pérdidas por la venta anticipada o
forzosa de activos a descuentos inusuales para hacer frente a obligaciones, así
como por el hecho de no poder cerrar rápidamente posiciones abiertas o cubrir
posiciones en la cantidad suficiente y a un precio razonable.
Riesgode mercado: La posibilidad de pérdidas derivadas de fluctuaciones en las
tasas de interés, los tipos de cambio, los precios de instrumentos de renta
variable y otros precios de mercado, que incidan sobre la valuación de las
posiciones en los instrumentos financieros. Que incluye Riesgo pais y Riesgo Cambiario.
Riesgo
de reputación: La posibilidad de pérdidas por la disminución de la confianza
en la integridad de la institución que surge cuando el buen nombre de la
empresa es afectado.
Riesgo
técnico: La posibilidad de pérdidas o modificación adversa del valor de
los compromisos contraídos en virtud de los contratos de seguros, debido a fluctuaciones
relacionadas con el momento de la ocurrencia, la frecuencia y la gravedad de
los sucesos asegurados, y con el momento y el importe de la liquidación de
siniestros.
Riesgo
de reaseguro: La posibilidad de pérdidas en caso de insuficiencia de la
cobertura de reaseguro contratada por la empresa de seguros cedente, cuando las
necesidades de reaseguro no fueron identificadas, determinadas o precisadas
adecuadamente en los contratos; o cuando el reasegurador no se encuentra en
capacidad de cumplir sus compromisos de pago, o no está dispuesto a pagarlos
por discrepancias en la aplicación de las condiciones del contrato de seguro
y/o de reaseguro. La demora en los pagos del reasegurador puede afectar los
flujos de efectivo de la cedente, generando un riesgo de liquidez.
Riesgo
estratégico: La posibilidad de pérdidas por decisiones de alto nivel
asociadas a la creación de ventajas competitivas sostenibles. Se encuentra
relacionado a fallas o debilidades en el análisis del mercado, tendencias e
incertidumbre del entorno, competencias claves de la empresa y en el proceso de
generación e innovación de valor.
Riesgo operacional: La posibilidad de pérdidas debido a procesos inadecuados,
fallas del personal, de la tecnología de información, o eventos externos.
Superintendencia de Mercado de Valores
Por otro lado la Superintendencia de Mercado de Valores de Perú ha
emitido Resolución SMVNº 037-2015-SMV/01 donde aprueban
Reglamento de Gestión Integral de Riesgos que entra en vigencia el 01 de Enero
del 2017. Su objetivo es propender a que las empresas bajo su ámbito de
supervisión a quienes otorga autorización de funcionamiento, cuenten con una
gestión integral de riesgos de acuerdo con su tamaño y con la complejidad de
operaciones que la entidad realiza.
Con fecha 26 de Setiembre 2016 Resolución SMV Nº 027-2016-SMV/01 se aprueba el Reglamento de Gestión de Riesgo Operacional, el cual "establece lineamientos, criterios y parámetros generales que
la Entidad debe observar en el diseño, desarrollo y aplicación de su gestión del riesgo
operacional, de acuerdo con el tamaño, volumen de transacciones y complejidad de
las operaciones que realizan".
Con fecha 26 de Setiembre 2016
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